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{{par}} Capitulo VII. Quando dos combatientes passassen la Liça o señal / y despues su pitamente tornassen. fo[lio] XII.

Revision as of 14:29, 26 June 2018

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Tabla Del Libro primero.

Capit[ulo] I. De las Batallas como fueron por Dios promessas. fo[lio] I.

Capitu[lo] II. De la manera del desafiar / y gajo de Batalla. fo[lio] I.

Capi[tulo] III. La calidad q[ue] busca para venir a las singulares Battalas. fo[lio] I.

Capitu[lo] IIII. De las singulares batallas si son promessas por Justicia y razon de una persona a otra. fo[lio] II.

Capi[tulo] V. [De] las condiciones q[ue] deve[n] tener aquellos Cavalleros que querran entrar a combatir en las singulares batallas de persona a persona contra otro Cavallero. fo[lio] III.

Capit[ulo] VI. De las batallas de una persona a otra: como son negadas en ciertos lugares & tiempos. fo[lio] III.

Capi[tulo] VII. Como los casos [de] las singulares batallas do[n]de no es co[n]stitucio[n] [de] armas se juzgan por imperial ley. fo[lio] IIII.

Capit[ulo] VIII. Como aquestas bastallas se deven en come[n]çar co[n] gra[n] Justicia del reutador a premiado por su honrra: y por necessidad de su definision. fo[lio] V.

Cap[itulo] IX. De los perlados si pueden conceder licencia de combatir en la tierra [de]la Romana yglesia: o en la possession eclesiastica. fo[lio] V.

Capitu[lo] X. Como en las batallas de una persona a otra se demuestra al divino juyzio el qual es proprio de aquel que aura Justicia. fo[lio] V.

Capitu[lo] XI. Como por Juyzio de astrologia de tales batallas aq[ue]l sera vencedor que oviere las planetas de cielo en mejor despusicio las quales dan auctoridad no esperada. fo[lio] VI.

Capitulo XII. Como la prueva la qual se haze por fuerça de Armas no es cierta por quanto es opinion que en virtud de Dios se deva la victoria a quien tiene Justicia. fo[lio] VI.

Capitulo XIII. Quando algun Covallero desafiado en el dia señalado no pareciesse / & fuesse fama ser muerto como se procedera contra el. fo[lio] VII.

Capit[ulo] XIIII. Qual de los desafiados deve elegir las Armas y el Juez / y el campo para combatir. fo[lio] VIII.

Capitulo. XV. De la calidad / y modo de combatir de una persona a otra / y de la dispusicion de sus personas. fo[lio] VIII.

Capi[tulo] XVI. De los desafiados entrados en el campo o Liça qual d[e] estos deve primeramente combatir. fo[lio] IX.

Capitu[lo] XVII. Si dos desafiados entrados en la Liça o palenque si se podria arrepentir sin licencia del Juez diputado por ellos. fo[lio] IX.

Senesce la primera tabla.

Capitu[lo] I. De la calidad que deve tener el lugar: o campo ado[n]de se ha de hazer la Batalla singular. fo[lio] IX.

Capitu[lo] II. Quando fuesse el prego[n] por el Juez mandado que ninguno de los co[m]batidores la señal de[n]tro en el palenq[ue] passasse salte[n]dose a fuera: & si por fuerça [de] su enemigo passasse si meresceria castigo. [folio] X.

Capitu[lo] III. De la prueva la qual se haze por batalla de persona a persona. fo[lio] XI.

Capitu[lo] IIII. Qua[n]do entrados en Liça o palenque para combatir a todo trance: y el uno huye y es preso por el juez si su enemigo le podra despues ofender esta[n]do en poder del oficial. fo[lio] XI.

Capitu[lo] V. Quando se ha de hazer una singular batalla: primero se deven traer indicios por do se presuma ser verdad aquello q[ue] ha reutado se opone. fo[lio] XI.

Cap[itulo] VI. Qua[n]do el reutado oviesse hallado Juex y campo seguro / y si despues este Juez lo negasse de no estar en tal batalla: si era obligado el reutado de buscar otro Juez. fo[lio] XII.

Capitulo VII. Quando dos combatientes passassen la Liça o señal / y despues su pitamente tornassen. fo[lio] XII.