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Page:Libro llamado batalla de dos (Paride del Pozzo) 1544.pdf/67

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mentos / o cartas falsas & por aq[ue]sto el emperador otono con su fijo corado de borgo sia: rey de ytalia oviero[n] coloquio co[n] los varones: y gra[n]des señores en ytalia: enla cibdad de verona: por lo q[ua]l fue deshecha aq[ue]lla ley: y hecha otra nueva q[ue] aq[ue]l q[ue] dixisse q[ue] la carta o escritura era falsa: q[ue]riendo la [de] declarar por batalla se deviesse co[m]batir y e[n]caso q[ue] la batalla se negasse se deviesse declarar por juramento ta[m]bie[n] fue [de]clarado q[ue] dela ropa eclesiastica se pudiesse conbatir p[er]o aq[ue]sta ley es corruta por el papa: mas [de] terminaron q[ue] siendo duda de uno q[ue] fuesse metido en una possession q[ue] se deviesse otra declarar por batalla qua[n]do no toviesse otra prueva ni testimonio / p[er]o si la p[ar]te adversa p[er]vasse por testimo[n]io ser el el v[er]dadero d[e]ueno [de]la possessio[n]: ento[n]ces no seria caso [de] batalla. Fue [de]terminado por ellos q[ue] por dinero en deposito de veynte ducados arribe q[ue] se deviesse por batalla [de]clarar: p[er]o aq[ue]stono a lugar en otras deudas / ta[m]bien si uno dixesse aver hecho un estrumento de una possession por fuerça esto se deve por batalla tambien declarar: mas deve el q[ue] dema[n]da jurar averlo hecho por fuerça y el reutado q[ue] no lo a hecho hazer por fuerça: y [de]sto deve hazer juramento / tambie[n] ordenaron q[ue] en delito de hurto de seys ducados arriba pudiessen venir a batalla: y en caso q[ue] el acusado fuesse menor de hedad: [de]viesse dar un campio[n] / y assi mismo si fuesse de hedad muy viejo / o enfermo / estos tales podran dar ca[m]pion: declaremos tambie[n] q[ue] los condes y las biudas: y la yglesia en batalla ellos por declarar las causas suyas / ellos pudiessen dar campion de manera q[ue] el campion sea semejante de fuerças: y por aq[ue]sto no se podria por los ytalia[n]os co[n]tra dexir: y e[n] tal caso no guardar la lew lo[m]barda

Capit[ula] .ii. quando sera causa justa para hazerse batalla.

Dize la ley lombard que por crimen de ofensa magesta se puede venir a batalla y por traycion de la patria: tan bien la ley ceusi lo observa fedrico emperador por omicidio oculto co[n]ce de batalla: y por omicidio hecho en tregua y quando la muger dela muerte secreta [de]l marido fuesse ocasion: y el marido mornudo: & por la muerte del padres por la herencia: y en caso de sospecha: y del infamia hecha a muger: onesta contra su honrra y en bienes negados por otro y mas quien co[n]juramento negasse en hurto: mas quieto viesse possession contra justicia: por menos tiempo de treynta años: y si los testigos son contrarios pueden el uno co[n]tra el otro combatir no con armas militares mas co[n] bastones / mas cuando los testimonios [de]l autor fuessen mas ciertos: no auria lugar la batalla: porque estara a su dicho tambie[n] si el hijo niega el debito paterno a lugar a la batalla por ence[n]dio se faze la batalla co[n]tra el malhechor y no co[n]tra el q[ue] aconseja.

Cap{i}tu[lo] .iii. en qua[n]tos casos es licito venir ala batalla.

Tambien es licito de uno que es perjuro valuntario semeja[n]te hazer batalla: & infidelidad: y q[ua]ndo se presentasse una escritura / contra la qual le alegasse ser falsa / y quando dos fuessen metidos en una possession y no costasse: qual dellos fuesse el primero y quando se denegasse un deposito de veynte dicados arriba: y quando fuesse hecha una violencia sobre una possession / o q[ua]ndo fuesse negada una [de]uda se podria co[m]batir porq[ue] seria este tal un ladrocinio [de]i [de]udor co[n]tra su creditor segu[n] ynoce[n]cio: y baldo y la ley lo[m]barda: q[u]eren mas la ley cevil dize al contrario q[ue] se deve provar dela[n]te el juez / y no por fuerça de armas aquestas semejantes cosas / y otros casos semejantes pone la ley Lombarda. Mas la ley cevil dize. Que no se puede combatir sino en crimine. Leese magestatis / y por traycion de la patria / mas por la constitucion de los Ultramontanos / y de ytalia / no se concede alguna Batalla